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Cultura, patrimonio legal y regulación del trabajo

Revista de economía comparada. Junio ​​1, 2018

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Compendio

Según los psicólogos transculturales, las diferencias entre países en el individualismo frente al colectivismo constituyen una dimensión importante de la variación cultural. Los teóricos jurídico-económicos sostienen que las filosofías jurídicas como el derecho consuetudinario y el derecho civil se han desarrollado de manera diferente a lo largo de los siglos y tienen efectos persistentes. En este artículo, argumentamos que los efectos de la cultura y las instituciones no deben analizarse de forma aislada, ya que esto ignora sus interacciones. Fusionamos las dos literaturas separadas sobre los atributos culturales y las teorías del origen legal, y derivamos una hipótesis sobre sus efectos conjuntos sobre las regulaciones del mercado laboral. Nuestra hipótesis es que el efecto del individualismo en la determinación política de las regulaciones laborales debería ser particularmente pronunciado en sistemas económicos más orientados al mercado (como en los países británicos de derecho consuetudinario) en comparación con sistemas más rígidos y burocráticos centrados en el estado (como en los países de derecho civil francés). ). Las economías orientadas al mercado dan al esfuerzo individual y la capacidad un mayor espacio para prosperar, lo que en las culturas individualistas genera regulaciones laborales más débiles. El efecto del individualismo debería ser menor en los sistemas centrados en el estado. Usando datos sobre la rigidez promedio de las regulaciones laborales durante los años 1950-2004 en 86 países, encontramos que el efecto negativo del individualismo sobre la rigidez de las regulaciones laborales se ve reforzado por la presencia de un sistema legal de derecho común. De hecho, el individualismo no tiene ningún efecto sobre la rigidez de las regulaciones del mercado laboral en los países de derecho civil. De manera análoga, el efecto negativo del origen legal del common law sobre las regulaciones del mercado laboral está condicionado al nivel de individualismo. El individualismo y los ordenamientos jurídicos del common law son complementos en la determinación de la normativa laboral.